Señales de Tráfico y su Significado: Guía Completa Actualizada 2025
Para circular con seguridad por las carreteras es necesario comprender las señales de tráfico, pero muchos conductores las encuentran confusas o fáciles de pasar por alto. Omitir o malinterpretar estas señales puede dar lugar a situaciones peligrosas, multas o incluso accidentes. En esta entrada del blog, aclararemos la confusión desglosando las principales señales de tráfico, incluyendo sus significados y dónde se aplican. Tanto si eres un conductor novel como si necesitas un repaso, esta guía te ayudará a mantenerte seguro en la carretera y a evitar errores costosos.
Señales de Advertencia de Peligro
Las señales de tráfico de peligro sirven como advertencias cruciales, alertando a los conductores de peligros que pueden ser difíciles de detectar a tiempo. Estas señales, que suelen tener la forma de un triángulo equilátero con fondo blanco y borde rojo también se conocen como señales de trafico triangulares. Estas señales indican la presencia de peligros potenciales. Al proporcionar una notificación clara y temprana, permiten a los conductores ajustar su velocidad o rumbo, garantizando su seguridad y la de los demás en la carretera. Reconocer estas señales ayuda a los conductores a anticiparse y reaccionar adecuadamente para evitar accidentes.
P‐1 Intersección con prioridad | Peligro por la proximidad de una intersección con una vía, cuyos usuarios deben ceder el paso. |
P‐1a Intersección con prioridad sobre vía a la derecha | Peligro por la proximidad de una intersección con una vía a la derecha, cuyos usuarios deben ceder el paso. |
P‐1b Intersección con prioridad sobre vía a la izquierda | Peligro por la proximidad de una intersección con una vía a la izquierda, cuyos usuarios deben ceder el paso. |
P‐1c Intersección con prioridad sobre incorporación por la derecha | Peligro por la proximidad de una incorporación por la derecha de una vía, cuyos usuarios deben ceder el paso. |
P‐1d Intersección con prioridad sobre incorporación por la izquierda | Peligro por la proximidad de una incorporación por la izquierda de una vía, cuyos usuarios deben ceder el paso. |
P‐2 Intersección con prioridad de la derecha | Peligro por la proximidad de una intersección en la que rige la regla general de prioridad de paso. |
P‐3 Semáforos | Peligro por la proximidad de una intersección aislada o tramo con la circulación regulada por semáforos. |
P‐4 Glorieta | Peligro por la proximidad de una glorieta con circulación en el sentido indicado por las flechas. |
P‐5 Puente móvil | Peligro ante la proximidad de un puente que puede ser levantado o girado, interrumpiéndose así temporalmente la circulación. |
P‐6 Cruce de tranvía | Peligro por la proximidad de cruce con una línea de tranvía, que tiene prioridad de paso. |
P‐7 Paso a nivel con barreras | Peligro por la proximidad de un paso a nivel provisto de barreras o semibarreras. |
P‐8 Paso a nivel sin barreras | Peligro por la proximidad de un paso a nivel no provisto de barreras o semibarreras. |
P‐9a Aproximación a un paso a nivel, puente móvil o muelle (200 m, lado derecho) | Indica la existencia de un paso a nivel, un puente móvil o un muelle a una distancia de 200 m. Esta baliza se sitúa en el lado derecho de la calzada y va siempre acompañada de la señal P‐5, P‐7, P‐8 o P‐27. |
P‐9b Aproximación a un paso a nivel, puente móvil o muelle (150 m, lado derecho) | Indica la existencia de un paso a nivel, un puente móvil o un muelle a una distancia de 150 m. Esta baliza se sitúa en el lado derecho de la calzada. |
P‐9c Aproximación a un paso a nivel, puente móvil o muelle (100 m, lado derecho) | Indica la existencia de un paso a nivel, un puente móvil o un muelle a una distancia de 100 m. Esta baliza se sitúa en el lado derecho de la calzada. |
P‐10a Aproximación a un paso a nivel, puente móvil o muelle (200 m, lado izquierdo) | Indica la existencia de un paso a nivel, un puente móvil o un muelle a una distancia de 200 m. Esta baliza se sitúa en el lado izquierdo de la calzada y va siempre acompañada de la señal P‐5, P‐7, P‐8 o P‐27 |
P‐10b Aproximación a un paso a nivel, puente móvil o muelle (150 m, lado izquierdo) | Indica la existencia de un paso a nivel, un puente móvil o un muelle a una distancia de 150 m. Esta baliza se sitúa en el lado izquierdo de la calzada. |
P‐10c Aproximación a un paso a nivel, puente móvil o muelle (100 m, lado izquierdo) | Indica la existencia de un paso a nivel, un puente móvil o un muelle a una distancia de 100 m. Esta baliza se sitúa en el lado izquierdo de la calzada. |
P‐11 Situación de un paso a nivel sin barreras | Peligro por la presencia inmediata de un paso a nivel sin barreras |
P‐11a Situación de un paso a nivel sin barreras de más de una vía férrea | Peligro por la presencia inmediata de un paso a nivel sin barreras con más de una vía férrea. |
P‐12 Aeropuerto | Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente vuelan aeronaves a baja altura sobre la vía y que pueden originar ruidos imprevistos. |
P‐13a Curva peligrosa hacia la derecha | Peligro por la proximidad de una curva peligrosa hacia la derecha. |
P‐13b Curva peligrosa hacia la izquierda | Peligro por la proximidad de una curva peligrosa hacia la izquierda. |
P‐14a Curvas peligrosas hacia la derecha | Peligro por la proximidad de una sucesión de curvas peligrosas próximas entre sí, siendo la primera de ellas hacia la derecha. |
P‐14b Curvas peligrosas hacia la izquierda | Peligro por la proximidad de una sucesión de curvas peligrosas próximas entre sí, siendo la primera de ellas hacia la izquierda. |
P‐15 Perfil irregular | Peligro por la proximidad de un resalte o badén en la vía o pavimento en mal estado. |
P‐15a Resalte | Peligro por la proximidad de un resalte en la vía. |
P‐15b Badén | Peligro por la proximidad de un badén en la vía |
P‐16a Bajada con fuerte pendiente | Peligro por la existencia de un tramo de vía con fuerte pendiente descendente. La cifra indica la inclinación de la pendiente en porcentaje. |
P‐16b Subida con fuerte pendiente | Peligro por la existencia de un tramo de vía con fuerte pendiente ascendente. La cifra indica la inclinación de la pendiente en porcentaje. |
P‐17 Estrechamiento de calzada | Peligro por la proximidad de una zona de la vía en la que se estrecha la calzada. También puede ser utilizada cuando se reduzca la anchura de los arcenes de la calzada. No se utilizará cuando, tras una reducción del número de carriles de la calzada, la anchura de los carriles restantes y de los arcenes no haya variado. |
P‐17a Estrechamiento de calzada por la derecha | Peligro por la proximidad de una zona de la vía en la que la calzada se estrecha por el lado de la derecha. También puede ser utilizada cuando se reduzca la anchura del arcén derecho de la calzada. No se utilizará cuando, tras una reducción del número de carriles de la calzada por la derecha, la anchura de los carriles restantes y de los arcenes no haya variado. |
P‐17b Estrechamiento de calzada por la izquierda | Peligro por la proximidad de una zona de la vía en la que la calzada se estrecha por el lado de la izquierda. También puede ser utilizada cuando se reduzca la anchura del arcén izquierdo de la calzada cuando esta sea de un solo sentido de circulación. No se utilizará cuando, tras una reducción del número de carriles de la calzada por la izquierda, la anchura de los carriles restantes y de los arcenes no haya variado. |
P‐18 Obras | Peligro por la proximidad de un tramo de vía en obras. |
P‐19 Pavimento deslizante | Peligro por la proximidad de una zona de la calzada cuyo pavimento puede resultar deslizante. |
P‐20 Peatones | Peligro por la proximidad de uno o varios pasos para peatones. |
P‐21 Niños | Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por niños, como una escuela, una zona de juegos, etc. |
P‐22 Ciclistas. | Peligro por la proximidad de un tramo con circulación frecuente de ciclistas. |
P‐23 Paso de animales domésticos o ganado | Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vía puede ser atravesada por animales domésticos o ganado. |
P‐24 Paso de animales en libertad | Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vía puede ser atravesada por animales en libertad. |
P‐25 Circulación en los dos sentidos | Peligro por la proximidad de un tramo con circulación en ambos sentidos. |
P‐26 Desprendimiento | Peligro por la proximidad a una zona con desprendimientos frecuentes y la consiguiente posible presencia de obstáculos en la calzada. |
P‐27 Muelle | Peligro debido a que la vía desemboca en un muelle o en una corriente de agua. |
P‐28 Proyección de gravilla | Peligro por la proximidad de un tramo de vía donde existe el riesgo de que se proyecte gravilla al pasar los vehículos. |
P‐29 Viento transversal | Peligro por la proximidad de una zona donde sopla frecuentemente viento fuerte en dirección transversal. |
P‐30 Escalón lateral | Peligro por la existencia de un desnivel a lo largo de la vía en el lado que indique el símbolo. |
P‐31 Congestión | Peligro por la proximidad de un tramo en el que frecuentemente la circulación se encuentra detenida o dificultada por congestión del tráfico. |
P‐32 Obstrucción en la calzada | Peligro por la proximidad de un lugar en que hay vehículos que obstruyen la calzada debido a avería, accidente u otras causas. |
P‐33 Visibilidad reducida | Peligro por la proximidad de un tramo en el que frecuentemente la circulación se ve dificultada por una pérdida notable de visibilidad debida a niebla, lluvia, nieve, humos, etc. |
P‐34 Presencia de hielo o nieve | Peligro por la proximidad de un tramo en el que frecuentemente, durante la época invernal, hay presencia de hielo o nieve y los consiguientes peligros asociados. |
P‐50 Otros peligros | Indica la proximidad de un peligro distinto de los advertidos por otras señales. |
Prioridad Señales de Trafico
Las señales de tráfico prioridad son esenciales para gestionar el derecho de paso, exigiendo a los conductores que cedan el paso a otros vehículos en situaciones específicas. Para distinguir su importancia, estas señales tienen formas únicas que las diferencian de otras señales de tráfico. Al indicar claramente cuándo ceder el paso, ayudan a evitar colisiones y garantizan la fluidez del tráfico. Comprender y obedecer estas señales es fundamental para mantener la seguridad vial y evitar accidentes en cruces e intersecciones.
R‐1 Ceda el paso | Obligación para todo conductor de ceder el paso en la próxima intersección a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime o al carril al que pretende incorporarse. |
R‐2 Detención obligatoria o stop | Obligación para todo conductor de detener su vehículo ante la próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime. Si, por circunstancias excepcionales, desde el lugar donde se ha efectuado la detención no existe visibilidad suficiente, el conductor deberá detenerse de nuevo en el lugar desde donde tenga visibilidad, sin poner en peligro a ningún usuario de la vía. |
R‐3 Calzada con prioridad | Indica a los conductores de los vehículos que circulen por una calzada su prioridad en las intersecciones sobre los vehículos que circulen por otra calzada o procedan de ella. |
R‐4 Fin de prioridad | Indica la proximidad del lugar en que la calzada por la que se circula pierde su prioridad respecto a otra calzada. |
R‐5 Prioridad del sentido contrario | Prohibición de entrada en un paso estrecho mientras no sea posible atravesarlo sin obligar a los vehículos que circulen en sentido contrario a detenerse. |
R‐6 Prioridad respecto al sentido contrario | Indica a los conductores que, en un próximo paso estrecho, tienen prioridad con relación a los vehículos que circulen en sentido contrario. |
Señales de prohibición de entrada | Señales de prohibido el paso
Las señales de prohibido el paso se utilizan para prohibir el acceso a determinadas carreteras o zonas, ayudando a regular el flujo de tráfico y a mantener la seguridad. Estas señales suelen ser circulares, con un centro blanco y un borde rojo, pero la señal de prohibición de entrada en sí es distinta, ya que tiene un fondo rojo con una llamativa franja blanca para resaltar su importancia. Al marcar claramente las zonas restringidas, estas señales impiden que los conductores entren en zonas peligrosas o no autorizadas, garantizando un sistema vial más seguro y organizado.
R‐100 Circulación prohibida | Prohibición de circulación de toda clase de vehículos en ambos sentidos. |
R‐101 Entrada prohibida | Prohibición de acceso a toda clase de vehículos. |
R‐102 Entrada prohibida a vehículos de motor | Prohibición de acceso a vehículos de motor. |
R‐103 Entrada prohibida a vehículos de motor, excepto motocicletas de dos ruedas | Prohibición de acceso a vehículos de motor. No prohíbe el acceso a motocicletas de dos ruedas. |
R‐104 Entrada prohibida a motocicletas | Prohibición de acceso a motocicletas. |
R‐105 Entrada prohibida a ciclomotores | Prohibición de acceso a ciclomotores. Igualmente prohíbe la entrada a vehículos para personas de movilidad reducida. |
R‐106 Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías | Prohibición de acceso a vehículos destinados al transporte de mercancías, entendiéndose como tales camiones, tractocamiones y furgones o furgonetas, independientemente de su masa. |
R‐107 Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías con mayor masa autorizada que la indicada. | Prohibición de acceso a toda clase de vehículos destinados al transporte de mercancías si su masa máxima autorizada es superior a la indicada en la señal, entendiéndose como tales los camiones, tractocamiones y furgones o furgonetas con mayor masa autorizada que la indicada en la señal. Prohíbe el acceso aunque circulen vacíos. |
R‐108 Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías peligrosas | Prohibición de acceso a toda clase de vehículos que transporten mercancías peligrosas y requieran estar señalizados de acuerdo con su normativa específica. |
R‐109 Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías explosivas o inflamables | Prohibición de acceso a toda clase de vehículos que transporten mercancías explosivas o fácilmente inflamables y requieran estar señalizados de acuerdo con su normativa específica. |
R‐110 Entrada prohibida a vehículos que transporten productos contaminantes del agua | Prohibición de acceso a toda clase de vehículos que transporten más de 1.000 litros de productos capaces de contaminar el agua. |
R‐111 Entrada prohibida a vehículos agrícolas de motor | Prohibición de acceso a tractores y otras máquinas agrícolas autopropulsadas. |
R‐112 Entrada prohibida a vehículos de motor con remolque exceptuando los de un solo eje | Prohibición de acceso a vehículos de motor con remolque exceptuando los de un solo eje. La inscripción de una cifra de tonelaje, sobre la silueta del remolque o en una placa suplementaria, significa que la prohibición de paso solo se aplica cuando la masa máxima autorizada del remolque supere dicha cifra. |
R‐113 Entrada prohibida a vehículos de tracción animal | Prohibición de acceso a vehículos de tracción animal. |
R‐114 Entrada prohibida a ciclos | Prohibición de acceso a ciclos. |
R‐115 Entrada prohibida a carros de mano | Prohibición de acceso a carros de mano. |
R‐116 Entrada prohibida a peatones | Prohibición de acceso a peatones. |
R‐117 Entrada prohibida a animales de montura | Prohibición de acceso a animales de montura. |
R‐200 Prohibición de pasar sin detenerse | Indica el lugar donde es obligatoria la detención por la proximidad, según la inscripción que contenga, de un puesto de aduana, de policía, de peaje u otro, tras los cuales pueden estar instalados medios mecánicos de detención. En todo caso, el conductor así detenido no podrá reanudar su marcha hasta haber cumplido la prescripción que la señal establece. |
R‐201 Limitación de masa | Prohibición de paso a los vehículos cuya masa en carga supere la indicada en toneladas. |
R‐202 Limitación de masa por eje | Prohibición de paso a los vehículos cuya masa por eje transmitida por la totalidad de las ruedas acopladas a algún eje supere a la indicada en la señal. |
R‐203 Limitación de longitud | Prohibición de paso a los vehículos o conjunto de vehículos cuya longitud máxima, incluida la carga, supere la indicada. |
R‐204 Limitación de anchura | Prohibición de paso a los vehículos cuya anchura máxima, incluida la carga, supere la indicada. |
R‐205 Limitación de altura | Prohibición de paso a los vehículos cuya altura máxima, incluida la carga, supere la indicada. |
Señales de tráfico de prohibición y restricción
Las señales de prohibición están diseñadas para evitar acciones que puedan suponer un peligro para los usuarios de la carretera, indicando claramente los comportamientos que no están permitidos. Estas señales circulares presentan símbolos negros sobre fondo blanco, enmarcados por bordes rojos y una banda roja para facilitar su reconocimiento. Las señales de restricción, también circulares, limitan o prohíben el acceso de vehículos a zonas específicas, garantizando un flujo de tráfico seguro y controlado. Ambos tipos de señales desempeñan un papel fundamental en la promoción de la seguridad y la prevención de accidentes al imponer normas que los conductores deben cumplir.
R‐300 Separación mínima | Prohibición de circular sin mantener con el vehículo precedente una separación igual o mayor a la indicada en la señal, excepto cuando se vaya a efectuar la maniobra de adelantamiento. Si no aparece ninguna cifra recuerda de forma genérica que debe guardare la distancia de seguridad entre vehículos establecida reglamentariamente. |
R‐301 Velocidad máxima | Prohibición de circular a velocidad superior, expresada en kilómetros por hora, a la indicada en la señal. Obliga desde el lugar en que esté situada hasta la próxima señal «Fin de limitación de velocidad», de «Fin de prohibiciones» u otra de «Velocidad máxima», salvo que esté colocada en el mismo poste que una señal de advertencia de peligro o en el mismo panel que esta, en cuyo caso la prohibición finaliza cuando termine el peligro señalado. Situada en una vía sin prioridad, deja de tener vigencia al salir de una intersección con una vía con prioridad. Si el límite indicado por la señal coincide con la velocidad máxima permitida para el tipo de vía, recuerda de forma genérica la prohibición de superarla. |
R‐302 Giro a la derecha prohibido | Prohibición de girar a la derecha. |
R‐303 Giro a la izquierda prohibido | Prohibición de girar a la izquierda. Incluye, también, la prohibición del cambio de sentido de marcha. |
R‐304 Cambio de sentido prohibido | Prohibición de efectuar la maniobra de cambio de sentido de la marcha. |
R‐305 Adelantamiento prohibido | Por añadidura a los principios generales sobre adelantamiento, indica la prohibición a todos los vehículos de adelantar a los vehículos a motor que circulen por la calzada cuando dicha maniobra implique invadir la zona reservada al sentido contrario de circulación. La prohibición se aplica desde el lugar en que esté situada la señal hasta la siguiente señal de “Fin de prohibición de adelantamiento” o “Fin de prohibiciones”. Colocada en aquellos lugares donde por norma esté prohibido el adelantamiento, recuerda de forma genérica la prohibición de efectuar esta maniobra. |
R‐306 Adelantamiento prohibido para camiones | Prohibición a los camiones cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kilogramos de adelantar a los vehículos a motor que circulen por la calzada, incluso cuando dicha maniobra no implique invadir la zona reservada al sentido contrario de circulación. La prohibición se aplica desde el lugar en que esté situada la señal hasta la siguiente señal de “Fin de prohibición de adelantamiento” o “Fin de prohibiciones”. |
R‐307 Parada y estacionamiento prohibido | Prohibición de parada y estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima en el sentido de la marcha. |
R‐308 Estacionamiento prohibido | Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima en el sentido de la marcha. No prohíbe la parada. |
R‐308a Estacionamiento prohibido los días impares | Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal, los días impares. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. No prohíbe la parada. |
R‐308b Estacionamiento prohibido los días pares | Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal, los días pares. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima. No prohíbe la parada. |
R‐308c Estacionamiento prohibido la primera quincena | Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal, desde las 9 horas del día 1 hasta las 9 horas del día Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima en sentido de la marcha. No prohíbe la parada. |
R‐308d Estacionamiento prohibido la segunda quincena | Prohibición de estacionamiento en el lado de la calzada en que esté situada la señal, desde las 9 horas del día 16 hasta las 9 horas del día 1. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima en sentido de la marcha. No prohíbe la parada. |
R‐309 Zona de estacionamiento limitado | Zona de estacionamiento de duración limitada y obligación para el conductor de indicar, de forma reglamentaria, la hora del comienzo del estacionamiento. Se podrá incluir el tiempo máximo autorizado de estacionamiento y el horario de vigencia de la limitación. También se podrá incluir si el estacionamiento está sujeto a pago. |
R‐310 Advertencias acústicas prohibidas | Recuerda la prohibición general de efectuar señales acústicas, salvo para evitar un accidente. |
Señales de obligacion trafico
Las señales de obligacion trafico indican las normas obligatorias que deben seguir los conductores. Estas señales garantizan el cumplimiento de normas esenciales, como la designación de carriles o los sentidos de giro, para mantener el orden y la seguridad en las carreteras. Ignorar estas señales puede provocar situaciones peligrosas y consecuencias legales. Estas señales también se conocen como señales de tráfico redondas.
R‐400a Sentido obligatorio | La flecha señala la dirección y sentido que los vehículos tienen la obligación de seguir. |
R‐400b Sentido obligatorio | La flecha señala la dirección y sentido que los vehículos tienen la obligación de seguir. |
R‐400c Sentido obligatorio | La flecha señala la dirección y sentido que los vehículos tienen la obligación de seguir. |
R‐400d Sentido obligatorio | La flecha señala la dirección y sentido que los vehículos tienen la obligación de seguir. |
R‐400e Sentido obligatorio | La flecha señala la dirección y sentido que los vehículos tienen la obligación de seguir. |
R‐401a Paso obligatorio | La flecha señala el lado del refugio, de la isleta o del obstáculo por el que los vehículos han de pasar obligatoriamente. |
R‐401b Paso obligatorio | La flecha señala el lado del refugio, de la isleta o del obstáculo por el que los vehículos han de pasar obligatoriamente. |
R‐402 Sentido obligatorio en glorieta | Las flechas señalan la dirección y sentido del movimiento giratorio que los vehículos deben seguir. |
R‐403a Únicas direcciones y sentidos permitidos | Las flechas señalan las únicas direcciones y sentidos que los vehículos pueden tomar. |
R‐403b Únicas direcciones y sentidos permitidos | Las flechas señalan las únicas direcciones y sentidos que los vehículos pueden tomar. |
R‐403c Única dirección y sentidos permitidos | Las flechas señalan la única dirección y sentidos que los vehículos pueden tomar. |
R‐404 Calzada obligatoria para automóviles, excepto motocicletas de dos ruedas | Obligación para los conductores de automóviles, excepto motocicletas de dos ruedas, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. |
R‐405 Calzada obligatoria para motocicletas de dos ruedas | Obligación para los conductores de motocicletas de dos ruedas de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. |
R‐406 Calzada obligatoria para camiones, tractocamiones y furgones o furgonetas | Obligación para los conductores de toda clase de camiones, tractocamiones y furgones o furgonetas, independientemente de su masa, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. La inscripción de una cifra de tonelaje sobre la silueta del vehículo o en una placa suplementaria, significa que la obligación solo se aplica cuando la masa máxima autorizada del vehículo o del conjunto de vehículos supere la citada cifra. |
R‐407 Vía reservada y obligatoria para ciclos | Obligación para los conductores de ciclos de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla. |
R‐408 Camino obligatorio para vehículos de tracción animal | Obligación para los conductores de vehículos de tracción animal de utilizar el camino a cuya entrada esté situada. |
R‐409 Camino reservado y obligatorio para animales de montura | Obligación para los jinetes de utilizar con sus animales de montura el camino a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo |
R‐410 Camino reservado y obligatorio para peatones | Obligación para los peatones de transitar por el camino a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo. |
R‐411 Velocidad mínima | Obligación para los conductores de vehículos de circular, por lo menos, a la velocidad indicada por la cifra, en kilómetros por hora, que figure en la señal, desde el lugar en que esté situada hasta otra de velocidad mínima diferente, o de fin de velocidad mínima o de velocidad máxima de valor igual o inferior. |
R‐412 Cadenas para nieve | Obligación de no proseguir la marcha sin cadenas para nieve u otros dispositivos antideslizantes autorizados que actúen al menos en una rueda a cada lado del mismo eje motor, o neumáticos especiales de nieve. |
R‐413 Alumbrado de corto alcance | Obligación para los conductores de circular con el alumbrado al menos de corto alcance, con independencia de las condiciones de visibilidad e iluminación de la vía, desde el lugar en que esté situada la señal hasta otra de fin de esta obligación. |
R‐414 Calzada obligatoria para vehículos que transporten mercancías peligrosas | Obligación para los conductores de toda clase de vehículos que transporten mercancías peligrosas y requieran estar señalizados de acuerdo con su normativa específica de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. |
R‐415 Calzada obligatoria para vehículos que transporten productos contaminantes del agua | Obligación para los conductores de toda clase de vehículos que transporten más de 1.000 litros de productos capaces de contaminar el agua de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. |
R‐416 Calzada obligatoria para vehículos que transporten mercancías explosivas e inflamables | Obligación para los conductores de toda clase de vehículos que transporten mercancías explosivas o fácilmente inflamables y requieran estar señalizados de acuerdo con su normativa específica de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. |
R‐417 Uso obligatorio del cinturón de seguridad | Recuerda la obligación de utilizar el cinturón de seguridad. |
Fin de las señales de tráfico de prohibición y restricción
Fin de las señales de tráfico de prohibición y restricción indican que una norma o limitación previamente aplicada ha concluido. Estas señales redondas, fácilmente reconocibles por su fondo blanco y una o más líneas negras diagonales, informan a los conductores de que la sección prohibida o restringida ha terminado. Señalan la vuelta a las condiciones normales de tráfico, permitiendo a los conductores ajustar su comportamiento en consecuencia. Comprender estas señales ayuda a garantizar transiciones fluidas y el cumplimiento de las normas de circulación.
R‐500 Fin de prohibiciones | Señala el lugar desde el que todas las prohibiciones específicas indicadas por señales anteriores de prohibición para vehículos en movimiento dejan de tener aplicación. |
R‐501 Fin de la limitación de velocidad | Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de velocidad máxima. |
R‐502 Fin de la prohibición de adelantamiento | Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de adelantamiento prohibido. |
R‐503 Fin de la prohibición de adelantamiento para camiones | Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de adelantamiento prohibido para camiones. |
R‐504 Fin de zona de estacionamiento limitado. | Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de zona de estacionamiento limitado. |
R‐505 Fin de prohibición de advertencias acústicas | |
R‐506 Fin de velocidad mínima | Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de velocidad mínima. |
Señales de indicaciones generales
Las señales de indicación general proporcionan información esencial a los conductores sobre el trazado de las carreteras, las normas de tráfico y orientación para navegar por diferentes rutas. Estas señales incluyen indicadores para autopistas, vías rápidas, pasos de peatones, zonas de aparcamiento y carriles reservados, ayudando a los conductores a tomar decisiones informadas al tiempo que garantizan la fluidez del tráfico. Son cruciales para mantener la seguridad vial y la claridad, sobre todo en entornos de tráfico complejos.
S‐1 Autopista | Indica el principio de una autopista y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. Puede indicar también el ramal de un nudo que conduce a una autopista. |
S‐1a Autovía | Indica el principio de una autovía y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. Puede indicar también el ramal de un nudo que conduce a una autovía. |
S‐2 Fin de autopista | Indica el final de una autopista. |
S‐2a Fin de autovía | Indica el final de una autovía. |
S‐3 Vía reservada para automóviles | Indica el principio de una vía reservada a la circulación de automóviles. |
S‐4 Fin de vía reservada para automóviles | Indica el final de una vía reservada para automóviles. |
S‐5 Túnel | Indica el principio y eventualmente el nombre de un túnel, de un paso inferior o de un tramo de vía equiparado a túnel. Podrá llevar en su parte inferior la indicación de la longitud del túnel en metros. |
S‐6 Fin de túnel | Indica el final de un túnel, de un paso inferior o de un tramo de vía equiparado al túnel. |
S‐7 Velocidad máxima aconsejada | Recomienda una velocidad de circulación, en kilómetros por hora, que se aconseja no sobrepasar aunque las condiciones meteorológicas y ambientales de la vía y de la circulación sean favorables. Cuando está colocada bajo una señal de advertencia de peligro, la recomendación se refiere al tramo en que dicho peligro subsista. |
S‐8 Fin de velocidad máxima aconsejada | Indica el final de un tramo en el que se recomienda circular a la velocidad, en kilómetros por hora, indicada en la señal. |
S‐9 Intervalo aconsejado de velocidades | Recomienda mantener la velocidad entre los valores indicados, siempre que las condiciones meteorológicas y ambientales de la vía y de la circulación sean favorables. Cuando está colocada debajo de una señal de advertencia de peligro, la recomendación se refiere al tramo en que dicho peligro subsista. |
S‐10 Fin de intervalo aconsejado de velocidades | Indica el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de intervalo aconsejado de velocidades. |
S‐11 Calzada de un carril de sentido único | Indica que en la calzada de un carril que se prolonga en la dirección de la flecha los vehículos deben circular en el sentido indicado por esta, y que está prohibida la circulación en sentido contrario. |
S‐11a Calzada de dos carriles de sentido único | Indica que en la calzada de dos carriles que se prolonga en la dirección de las flechas los vehículos deben circular en el sentido indicado por estas, y que está prohibida la circulación en sentido contrario. |
S‐11b Calzada de tres carriles de sentido único | Indica que en la calzada de tres carriles que se prolonga en la dirección de las flechas los vehículos deben circular en el sentido indicado por estas, y que está prohibida la circulación en sentido contrario. En caso de mayor número de carriles el número de flechas se adaptará a los mismos. |
S‐12 Tramo de calzada de sentido único | Indica que en el tramo de calzada que se prolonga en la dirección de la flecha, los vehículos deben circular en el sentido indicado por esta, y que está prohibida la circulación en sentido contrario. |
S‐13 Situación de un paso para peatones | Indica la situación de un paso para peatones. |
S‐14a Paso superior para peatones | Indica la situación de un paso superior para peatones. |
S‐14b Paso inferior para peatones | Indica la situación de un paso inferior para peatones. |
S‐15a Calzada sin salida | Indica que la calzada que figura en la señal con un recuadro en rojo no tiene salida. |
S‐15b Preseñalización de calzada sin salida | Indica que la calzada que figura en la señal con un recuadro en rojo no tiene salida. Se podrá utilizar la figura simétrica para adaptarse al trazado real. |
S‐15c Preseñalización de calzada sin salida | Indica que la calzada que figura en la señal con un recuadro en rojo no tiene salida. Se podrá utilizar la figura simétrica para adaptarse al trazado real. |
S‐15d Preseñalización de calzada sin salida | Indica que la calzada que figura en la señal con un recuadro en rojo no tiene salida. |
S‐16 Zona de frenado de emergencia | Indica la situación de una zona de escape de la calzada acondicionada para que un vehículo pueda ser detenido en caso de fallo de su sistema de frenado. |
S‐17 Estacionamiento | Indica el lugar donde está autorizado el estacionamiento de vehículos. Una inscripción o un símbolo representando ciertas clases de vehículos indica que el estacionamiento está reservado a esas clases. Una inscripción con indicaciones de tiempo limita la duración del estacionamiento al señalado. |
S‐18 Lugar reservado para taxis | Indica el lugar reservado a la parada y al estacionamiento de taxis libres y en servicio. La inscripción de un número indica el número total de espacios reservados a este fin. |
S‐19 Parada de autobuses | Indica el lugar reservado para parada de autobuses. |
Señales de servicio | Señales de trafico azules
Las señales de servicio desempeñan un papel crucial para guiar a los viajeros indicando la presencia de servicios o lugares de interés turístico y recreativo a lo largo de la carretera. Estas señales alertan a los conductores de servicios como gasolineras, áreas de descanso, restaurantes, hoteles y hospitales, así como de atracciones como parques, museos y lugares históricos. Al proporcionar esta información por adelantado, las señales de servicio mejoran la comodidad y la seguridad, permitiendo a los viajeros planificar las paradas y tomar decisiones informadas durante su viaje. Contribuyen significativamente a una experiencia de viaje positiva al garantizar que los servicios esenciales y los puntos de interés sean fácilmente accesibles. Estas señales también se conocen como señales de tráfico azules.
S‐100 Puesto de socorro | Indica la situación de un centro, oficialmente reconocido, donde puede realizarse una cura de urgencia. |
S‐101 Base de ambulancia | Indica la situación de una ambulancia en servicio permanente para cura y traslado de heridos en accidentes de circulación. |
S‐102 Servicio de inspección técnica de vehículos | Indica la situación de una estación de inspección técnica de vehículos. |
S‐103 Taller de reparación | Indica la situación de un taller de reparación de automóviles. |
S‐104 Teléfono | Indica la situación de un aparato telefónico. En caso de incluir la inscripción “S.O.S”, indica la situación de un teléfono de uso permanente para advertir a las autoridades de la existencia de un accidente o emergencia en la vía. |
S‐104b Teléfono de socorro | Indica la situación de un aparato telefónico. En caso de incluir la inscripción “S.O.S”, indica la situación de un teléfono de uso permanente para advertir a las autoridades de la existencia de un accidente o emergencia en la vía. |
S‐105 Surtidor de carburante | Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburante. |
S‐105b Surtidor de carburante y GLP | Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburantes con disponibilidad de gas licuado de petróleo (GLP) o autogás. |
S‐106 Taller de reparación y surtidor de carburante | Indica la situación de una instalación que dispone de taller de reparación y surtidor de carburante. |
S‐107 Campamento | Indica la situación de un lugar donde está permitida la acampada. |
S‐108 Agua | Indica la situación de una fuente con agua. |
S‐109 Lugar pintoresco | Indica un sitio pintoresco o el lugar desde el que se divisa. Su nombre podrá figurar inscrito en la señal. |
S‐110 Hotel o motel | Indica la situación de un hotel o motel. |
S‐111 Restauración | Indica la situación de un restaurante. |
S‐112 Cafetería | Indica la situación de un bar o cafetería. |
S‐113 Terreno para remolques‐vivienda | Indica la situación de un terreno en el que puede acamparse con remolque‐vivienda (caravana). |
S‐114 Merendero | Indica el lugar que puede utilizarse para el consumo de comidas o bebidas. |
S‐115 Punto de partida para excursiones a pie | Indica un lugar apropiado para iniciar excursiones a pie. |
S‐116 Campamento y terreno para remolques‐vivienda | Indica la situación de un lugar donde puede acamparse con tienda de campaña o con remolque‐vivienda. |
S‐117 Albergue juvenil | Indica la situación de un albergue juvenil. |
S‐118 Información turística | Indica la situación de una oficina de información turística. |
S‐119 Coto de pesca | Indica un lago o tramo de río en el que la pesca está sujeta a autorización especial. |
S‐120 Parque o espacio natural | Indica la situación de un parque o espacio natural. Su nombre podrá figurar inscrito en la señal. |
S‐121 Monumento | Indica la situación de una obra histórica o artística declarada monumento. |
S‐122 Otros servicios | Señal genérica para cualquier otro servicio, que se inscribirá en el recuadro blanco. |
S‐123 Área de descanso | Indica la situación de un área de descanso. |
S‐124 Estacionamiento para usuarios del ferrocarril | Indica la situación de una zona de estacionamiento conectada con una estación de ferrocarril, y destinada principalmente para los vehículos de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehículo privado y la otra en ferrocarril. |
S‐125 Estacionamiento para usuarios del metro | Indica la situación de una zona de estacionamiento, conectada con una estación de metro, y destinada principalmente para los vehículos de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehículo privado y la otra en metro. |
S‐126 Estacionamiento para usuarios de autobús | Indica la situación de una zona de estacionamiento, conectada con una estación o una terminal de autobuses, y destinada principalmente para los vehículos privados de los usuarios que realizan una parte de su viaje en vehículo privado y la otra en autobús. |
Señales de carril
Las señales de carril son indicadores de tráfico esenciales que ayudan a orientar a los conductores sobre el uso correcto de los carriles, garantizando la fluidez del tráfico y evitando accidentes. Estas señales informan a los automovilistas sobre las restricciones de carril y la dirección que sigue cada carril, incluidas las incorporaciones, las bifurcaciones y los finales de carril. Desempeñan un papel fundamental en la organización del tráfico, especialmente en carreteras de varios carriles y autopistas. Estas señales entran en la categoría de señales de tráfico azules.
S‐50a | Motivo: La señal de velocidad aumenta de tamaño |
S‐50b | Motivo: La señal de velocidad aumenta de tamaño |
S‐50c | Motivo: Las señales de velocidad aumentan de tamaño |
S‐50d | Motivo: La señal de velocidad aumenta de tamaño |
S-50e | Motivo: Las señales de velocidad aumentan de tamaño |
S‐51 Carril reservado para tipos específicos de vehículos | Indica un carril destinado exclusivamente a la circulación de cierto o ciertos tipos de vehículos determinados (autobuses, motocicletas, taxis, ciclos, etc.). Se incluirá en la señal el pictograma representativo del tipo o tipos de vehículos autorizados. En tramos en que la marca vial longitudinal delimitadora del carril esté constituida por una línea discontinua, se permite su utilización al resto de vehículos únicamente para realizar alguna maniobra que no sea la de parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar, dejando siempre preferencia a los vehículos autorizados a circular por este carril. |
S‐52 Final de carril destinado a la circulación | Indica en una calzada de tres carriles con un único sentido de circulación la desaparición del carril derecho y el cambio de carril preciso. |
S‐52a Final de carril destinado a la circulación | Indica, en una calzada de doble sentido de circulación con dos carriles de circulación en el sentido de la marcha la desaparición del carril derecho y el cambio de carril preciso. |
S‐52b Final de carril destinado a la circulación | Indica, en una calzada de doble sentido de circulación con dos carriles de circulación en el sentido de la marcha, la desaparición del carril izquierdo y el cambio de carril preciso. |
S‐53 Paso de uno a dos carriles de circulación | Indica, en un tramo con un solo carril, que se va a pasar a disponer de dos carriles en el mismo sentido de la circulación. |
S‐53a Paso de uno a dos carriles de circulación con especificación de la velocidad máxima en cada uno de ellos | Indica, en un tramo con un solo carril de circulación, que se va a pasar a disponer de dos carriles en el mismo sentido de circulación. También indica la velocidad máxima que está permitido alcanzar en cada uno de ellos. |
S‐53b Paso de dos a tres carriles de circulación | Indica, en un tramo con dos carriles en un sentido de circulación, que se va a pasar a disponer de tres carriles en el mismo sentido de circulación. |
S‐53c Paso de dos a tres carriles de circulación con especificación de la velocidad máxima en cada uno de ellos | Indica, en un tramo con dos carriles en un sentido de circulación, que se va a pasar a disponer de tres carriles en el mismo sentido de circulación. También indica la velocidad máxima que está permitido alcanzar en cada uno de ellos. |
S‐60a Bifurcación hacia la izquierda en calzada de dos carriles | Indica, en una calzada con dos carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación con cambio de dirección en el carril izquierdo. |
S‐60b Bifurcación hacia la derecha en calzada de dos carriles | Indica, en una calzada con dos carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación con cambio de dirección en el carril derecho. |
S‐61a Bifurcación hacia la izquierda en calzada de tres carriles | Indica, en una calzada con tres carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación con cambio de dirección en el carril izquierdo. |
S‐61b Bifurcación hacia la derecha en calzada de tres carriles | Indica, en una calzada con tres carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación con cambio de dirección en el carril derecho. |
S‐62a Bifurcación hacia la izquierda en calzada de cuatro carriles | Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación con cambio de dirección en el carril izquierdo. |
S‐62b Bifurcación hacia la derecha en calzada de cuatro carriles | Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación con cambio de dirección en el carril derecho. |
S‐63 Bifurcación en calzada de cuatro carriles | Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación con cambio de dirección de dos carriles hacia la izquierda y dos carriles hacia la derecha. |
S‐64a Vía reservada y obligatoria para ciclos adosada a calzada de un único sentido de circulación | Indica, en calzadas de un único sentido de circulación, la obligación para los conductores de ciclos de circular por el carril sobre el que está situada la señal y la prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo. Las flechas indicarán el número de carriles de la calzada. |
S‐64b Vía reservada y obligatoria para ciclos adosada a calzada de doble sentido de circulación | Indica, en calzadas de doble sentido de circulación, la obligación para los conductores de ciclos de circular por el carril sobre el que está situada la señal y la prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarlo. Las flechas indicarán el número de carriles de la calzada, así como el sentido de circulación. |
Señales de indicación general debidas a obras en la carretera
Las señales de indicación general relacionadas con obras en la carretera suelen ser amarillas, rectangulares y con un pictograma negro. Estas señales proporcionan orientación temporal, alertando a los conductores de cambios en el flujo habitual del tráfico debido a obras o mantenimiento en curso. Al marcar claramente los desvíos o las rutas alternativas, garantizan la seguridad de los conductores y ayudan a mantener el orden del tráfico durante las obras. Estas señales entran en la categoría de señales de tráfico amarillas.
Señales de tráfico de peligro para obras y riesgos
Las señales de tráfico de peligro para obras y peligros son esenciales para garantizar la seguridad de los conductores en las zonas de obras. Estas señales entran en la categoría de señales de tráfico amarillas. Estas señales alertan a los usuarios de la carretera de peligros potenciales, como superficies irregulares, desvíos o límites de velocidad reducidos, ayudando a prevenir accidentes y a garantizar la fluidez del tráfico. Las hay de dos tipos:
- Señales de peligro
- Señales reglamentarias
Paneles Complementarios
OTRAS SEÑALES:
Señales de orientación
Señales de dirección
Aprende a través de vídeo
Mire este video en español para aprender ampliamente sobre las señales de tránsito.
En conclusión, comprender y respetar las señales de tráfico es vital para garantizar la seguridad y el orden en nuestras carreteras. Desde las señales de peligro que advierten de riesgos potenciales hasta las señales indicativas que proporcionan una orientación esencial para la navegación, cada tipo cumple una función única a la hora de promover una conducción segura. Familiarizándose con estas señales y sus significados, puede mejorar su conciencia vial y contribuir a un entorno de conducción más seguro para todos.
Nota: La información proporcionada es general y no proviene de ningún recurso oficial. Para obtener más información, consulte el recurso oficial o el sitio web.